El BOEdel 18 de noviembre publica el RealDecreto-ley 17/2017, de 17 de noviembre, por el que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, para transponer la Directiva 2014/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, en vigor desde el d?a siguiente a su publicaci?n. Entre sus novedades principales, limita la venta a distancia de los dispositivos susceptibles de liberar nicotina (cigarros electr?nicos y envases de recarga), y equipara la publicidad, la promoci?n y el patrocinio de estos dispositivos a las de los productos del tabaco. La nueva norma, que transpone con palpable retraso una Directiva Comunitariadel 3 de abril de 2014, proclama como objetivo el de avanzar en la protecci?n de la salud de los fumadores de tabaco y productos relacionados e, indirectamente, de los fumadores pasivos. Incluye la prohibici?n de la venta a distancia transfronteriza tambi?n para dispositivos susceptibles de liberaci?n de nicotina (cigarrillos electr?nicos y envases de recarga), lo que supone aplicar criterios similares en la comercializaci?n de productos de tabaco y de dispositivos susceptivos de liberaci?n de nicotina, por la especial atenci?n a la protecci?n de la salud a determinados grupos de poblaci?n, principalmente j?venes. Asimismo, recoge un r?gimen de infracciones con el fin de contemplar los incumplimientos a las nuevas obligaciones que introducen tanto este nuevo texto como el RealDecreto 579/2017
por el que se regulan determinados aspectos relativos a la fabricaci?n, presentaci?n y comercializaci?n de los productos del tabaco y los productos relacionados, que fue aprobado en junio y en el que incorpor? en su mayor parte (al 95%, seg?n explica La Moncloa) la trasposici?n de la normativa europea al ordenamiento jur?dico espa?ol.
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